En casos diferentes, la Fiscalía General de la Nación presentó ante jueces de control de garantías a Darío Arnulfo Morales Franco y a Stiven Barbosa Pineda, señalados de la comisión de delitos sexuales con menores. Los hechos ocurrieron en los municipios de Bugalagrande y Tuluá (Valle del Cauca).
Las víctimas son menores de 9 y 15 años, a quienes los presuntos implicados engañaron y sometieron por la fuerza para someterlos a los delitos.
En Bugalagrande, la Fiscalía judicializó a Darío Arnulfo Morales Franco, aseador en una institución educativa. El hombre fue imputado como presunto responsable de los delitos de demanda de explotación comercial de persona menor de 18 años; y acto sexual violento, ambos agravados.

La Fiscalía estableció que el 16 de septiembre de 2024 el hoy imputado, de 60 años, al parecer, condujo a la víctima por la fuerza hacia los baños de la institución educativa, donde la habría encerrado y sometido a tocamientos de índole sexual. Se cree que el procesado, le ofreció dinero a la joven, para que se dejara tomar fotografías desnuda. Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) materializaron la orden de captura el pasado 25 de marzo, en zona rural del municipio de Andalucía (Valle del Cauca).
En Tuluá, Jerson Steven Barbosa Pineda, fue judicializado por el delito de acceso carnal violento. La víctima es un menor de 15 años, quien fue agredido en dicha localidad, el pasado 15 de marzo.

Ninguno de los investigados aceptó los cargos. Por decisión judicial deberán cumplir la medida de aseguramiento en centros carcelarios.
MAP/DSVC/MAGA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.