La víctima habría sido engañada a través de redes sociales y citada a un establecimiento donde le ofrecieron un alimento contaminado para causar la pérdida de conciencia.  

La Fiscalía General de la Nación judicializó a Jinneth Angélica Barbosa Niño como presunta responsable de los delitos de hurto calificado y agravado; y lesiones personales agravadas. La decisión se da luego de que la procesada fuera señalada de suministrarle sustancias tóxicas a un hombre para, presuntamente, despojarlo de sus pertenencias.

Los hechos ocurrieron el pasado 7 de mayo cuando la mujer habría contactado a la víctima a través de un perfil falso en una red social, desde la cual además habrían acordado un encuentro en un establecimiento público del sector de Galerías en el centro de Bogotá.

La procesada, al parecer, le ofreció licor y un alimento que estaría contaminado con una sustancia que le provocó la pérdida de conciencia. La víctima habría sido obligada a entregar sus pertenencias y le hurtaron el dinero de sus cuentas bancarias.

Una vez cometidos los crímenes el hombre fue lanzado desde un taxi y abandonado en el sector de San Pedro Los Robles (Fontibón). Ciudadanos que pasaban por el lugar auxiliaron a la víctima a quien trasladaron a un centro asistencial donde despertó dos días después.

Barbosa Niño negó su responsabilidad frente a los cargos imputados. Por solicitud de la Fiscalía, el juez del caso aseguró a los procesados con medida de aseguramiento privativa de la libertad en un establecimiento carcelario. 

LMBG/MAGA/MBR/SFB.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.