Los elementos de prueba dan cuenta de que habría recibido 2.100 millones de pesos.

La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías al exgobernador de Córdoba, Edwin José Besaile Fayad, y le imputó el delito de enriquecimiento ilícito de particulares.

Los nuevos hechos de posible corrupción que se le atribuyen habrían ocurrido durante el segundo semestre de 2015. Al parecer, recibió del entonces gobernador del departamento, por intermediación de su hermano, Musa Abraham Besaile Fayad, 2.100 millones de pesos para financiar su campaña política.

Los dineros, presuntamente, fueron justificados como si correspondieran a porcentajes de comisiones por proyectos de obra con recursos de regalías o recobros de supuestos servicios prestados, a través de una institución de salud, a pacientes con enfermedades de alto costo como la hemofilia.

Para garantizar el cumplimiento de los acuerdos ilegales previo y posterior a las elecciones, el hoy procesado habría firmado dos letras de cambio por 2.100 y 1.900 millones de pesos. El material de prueba da cuenta de que, con este actuar aparentemente delictivo, se generó un incremento patrimonial no justificado.

Esta es la segunda investigación a la que es vinculado Edwin José Besaile Fayad. En la primera se le atribuyen posibles irregularidades asociadas con el denominado ´Cartel de la Hemofilia´, mientras se desempeñó como gobernador de Córdoba entre 2016 y 2019.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

LAGP/JARG/EAC/DECC/MRC.

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.