Los elementos de prueba dan cuenta de que estructuras armadas a su cargo habrían asesinado a los civiles en zona rural de Valledupar (Cesar) y se los entregaron a tropas del Ejército Nacional para que los presentaran como muertos en combate.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, de acuerdo con los parámetros definidos en la Ley 600 de 2000 (anterior Sistema Penal), resolvió la situación jurídica del exjefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, y le impuso media de aseguramiento en centro carcelario por su posible participación en el homicidio tres campesinos en el corregimiento de La Mesa, en Valledupar (Cesar), el 22 de marzo de 2003.

Los elementos de prueba dan cuenta de que estructuras paramilitares a cargo de alias Jorge 40 habrían asesinado a los tres civiles y se los entregaron a unidades militares del Batallón La Popa, las cuales simularon la existencia de un combate y presentaron los cuerpos como si correspondieran a integrantes de otra organización criminal que tenía injerencia en la región.

Para la Fiscalía, la acción criminal fue perpetrada en atención a las directrices impuestas por Tovar Pupo, en su condición de máximo cabecilla del Bloque Norte de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Adicionalmente, hay evidencias que dan cuenta de la cercanía que tenía el exjefe paramilitar con el entonces comandante del Batallón La Popa, el coronel Publio Hernán Mejía Gutierrez, quien ha sido investigado como presunto responsable de varias ejecuciones extrajudiciales y se sometió a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

 

LAGP/JARG/HATP/DECVDH/MRC

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.