A las propiedades les fueron decretadas medidas cautelares con fines de extinción de dominio.
La Fiscalía General de la Nación impuso medidas cautelares de suspensión del poder adquisitivo, embargo y secuestro sobre un apartamento y un parqueadero que pertenecerían a Sandra Liliana Castañeda Reyes, presunta integrante de una red delincuencial señalada de realizar trámites fraudulentos para evadir el pago de multas de tránsito en Cali (Valle del Cauca).
Los inmuebles superarían en valor los 300 millones de pesos. Una fiscal de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio estableció que habrían sido adquiridos con recursos provenientes de las actividades ilícitas desplegadas por la mujer, a través de un establecimiento de comercio que gestionaba las maniobras irregulares en los organismos de tránsito.
Recientemente, Castañeda Reyes y otras personas, entre ellas cinco funcionarios de la Secretaría de Movilidad de Cali, fueron judicializadas por impedir que se cobraran 516 multas a 336 ciudadanos que habrían infringido las normas de tránsito. Los servidores, al parecer, emitieron resoluciones revocatorias sin sustento alguno y a cambio de dinero.
Los bienes afectados con fines de extinción de dominio fueron ocupados por el CTI en Cali. Quedarán a disposición de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para su administración.
Esta información se publica por razones de interés general.
JGPV/MRC/MIZ/DSC/JARG/JICG/DEEDD/ALTR/DFC/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.