Durante esta actividad, la ciudadanía podrá recibir orientación sobre delitos como daño en bien ajeno, calumnia, falsedad personal, injuria, entre otros.
La atención irá de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12 m. del día y el sábado de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Seccional de Cundinamarca, está realizando, hasta el 30 de noviembre de 2024, la Primera Actividad Masiva de Conciliación en el departamento para delitos querellables.
Dicha actividad se desarrolla en las unidades de Fiscalía de los municipios de Albán, Anolaima, Arbeláez, Cajicá, Cáqueza, Chía, Choachí, Chocontá, Cota, El Colegio, Facatativá, Flandes, Funza, Fusagasugá, Gachetá, Girardot, Guaduas, Guasca, La Mesa, La Vega, Madrid, Mosquera, Pacho, Pandi, Sesquilé, Silvania, Sopó, Subachoque, Tenjo, Tocaima, Ubaté, Villeta, Simijaca, Tocancipá y Sibaté.

El horario de atención a la comunidad en dichas unidades será de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12 m. del día y el sábado de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
Con estas actividades de conciliación se busca encontrar soluciones efectivas a las diferencias entre los ciudadanos, en delitos como: daño en bien ajeno, calumnia, falsedad personal e injuria, entre otros.

Esta Primera Actividad Masiva de Conciliación cuenta con el apoyo de 150 servidores entre fiscales, asistentes y Policía Judicial del CTI y la Sijín de la Policía Nacional, quienes atenderán los requerimientos de la comunidad en 35 cabeceras municipales del departamento de Cundinamarca.
LYBT/LMFO/DM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.