El responsable de mensajes intimidatorio acepta su responsabilidad, ofrece excusas y se compromete a no repetir este comportamiento.

La Fiscalía General de la Nación logró que una juez penal con función de control de garantías declarara legal el principio de oportunidad en el caso que se adelanta por la amenazas al periodista Luis Carlos Vélez por parte del señor Carlos Esteven Jaramillo Isaacs.

En su decisión la juez estableció que el principio, presentado por el ente investigador, cumple con los requisitos de ley, establece la reparación integral a la víctima y se garantiza la no repetición del hecho investigado.

Por su parte, el periodista Luis Carlos Vélez Marroquín, en su calidad de víctima, aceptó que el investigado realice un video expresando excusas públicas, arrepentimiento de su actuar y garantizando que no volverá a realizar este tipo de conductas contra el periodista ni ninguna otra persona. El video será publicado en las redes sociales de Jaramillo Isaacs y en un medio masivo de comunicación.

La investigación adelantada por una fiscal del Grupo de Amenazas de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos identificó que el señor Carlos Esteven Jaramillo Isaacs, el día 1 de agosto de 2021, amenazó al Luis Carlos Vélez Marroquín desde su cuenta en una red social.

Por estos hechos, el 16 de enero de 2023, la Fiscalía presentó al procesado ante un juez para formularle el delito de amenazas. El cargo no fue aceptado en la audiencia. En septiembre de 2023, la defensa solicitó a la Fiscalía su deseo de terminar con el proceso de manera anticipada y la víctima estuvo de acuerdo.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.