La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, declaró como crimen de lesa humanidad el homicidio del profesor, sindicalista y defensor de derechos humanos Jesús Ramiro Zapata, ocurrido el 3 de mayo de 2000, en el municipio de Segovia (Antioquia).
La decisión resalta que el docente fue víctima de amenazas y persecución por parte de grupos armados ilegales. De igual forma, el material de prueba indica que el crimen estaría estrechamente relacionado con las labores de defensa, promoción y protección de los derechos humanos y derechos sindicales que ejercía la víctima. Destaca la Fiscalía que el homicidio del defensor se produjo en el contexto de un ataque a gran escala contra los defensores de derechos humanos de la zona, y del Comité de Derechos Humanos de Segovia del que la víctima hacia parte.
El 3 de mayo del año 2000, hombres armados interceptaron al señor Zapata en un establecimiento comercial, lo obligaron a abordar un vehículo y lo trasladaron al sector conocido como El Charco de las Brujas, donde recibió varios impactos de arma de fuego que ocasionaron su muerte.
Con la declaratoria de lesa humanidad, este hecho no prescribirá y la Fiscalía podrá avanzar con los actos investigativos para dar con todos los actores involucrados en los hechos.
Esta información se publica en cumplimiento de las recomendaciones en materia de justicia, realizadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el Informe de Fondo No. 299/20 correspondiente al caso 12.295 “Jesús Ramiro Zapata Vs. Colombia.
Esta información se publica por razones de interés general.
Resolución lesa humanidad 782.
LMBG/JARG/DEVDH.
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.