En la imagen se ve a la Directora especializada contra el Lavado de Activos, Sandra Mesa; y el director especializado de Extinción del Derecho de Dominio, Ivan Caro.
Directora especializada contra el Lavado de Activos, Sandra Mesa; y el director especializado de Extinción del Derecho de Dominio, Ivan Caro.

En aplicación del nuevo Modelo Único de Investigación Financiera (MUIF), la Fiscalía General de la Nación logró descubrir una estructura de lavado de activos del autodenominado Ejército de Liberación Nacional (ELN), frente Domingo Laín, a través de la cual se habrían blanqueado recursos por una suma hasta ahora estimada en 885.000 millones de pesos.

La investigación, liderada por las direcciones de Lavado de Activos y Extinción de Dominio de la Delegada para las Finanzas Criminales y un equipo conjunto de investigadores de la DIJIN y el CTI, permitió conocer que la red de lavado delinquía, al menos desde 2005, en los departamentos de Arauca, Norte de Santander, Casanare, Nariño, Amazonas y Cundinamarca, y en la ciudad de Bogotá.

En los operativos realizados en el curso de la semana, la Fiscalía logró la incautación con fines de comiso de 59 lingotes de oro que superarían en valor los 32.000 millones de pesos, 563 millones de pesos en efectivo, 22.805 dólares y libros de contabilidad de múltiples empresas, entre otros elementos de interés para el desarrollo de las investigaciones.

Las evidencias dan cuenta de que esta red promovió operaciones en masa por corresponsales bancarios en Arauquita y Bogotá. De esta manera, transfirió 685.000 millones de pesos a diferentes lugares del país ocultando su origen ilícito. Gran parte de los abonos identificados en el curso de la investigación presuntamente fueron realizados por ciudadanos venezolanos y superaron en valor los topes establecidos por las autoridades financieras.

De igual manera, se encontró que crearon cinco empresas fachada que reportaban actividades en los sectores de las telecomunicaciones, construcción, agropecuario y servicios aéreos, entre otros, para dar apariencia de legalidad a una suma estimada en  83.500 millones de pesos. Asimismo, la red creó cuatro compañías de papel para la emisión de facturas ficticias, que simulaban la comercialización de vehículos, la compra y venta de medicinas y la construcción de obras de ingeniería, las cuales sirvieron para dar tránsito a aproximadamente 2.770 millones de pesos.

 

Los involucrados

De esta estructura de lavado de activos del ELN fueron capturadas ocho personas señaladas de diseñar un esquema de lavado de activos, a través del cual se habrían inyectado al sistema financiero colombiano y al sector real recursos provenientes del narcotráfico y otras rentas ilícitas.

Los elementos materiales probatorios indican que el principal articulador del entramado de blanqueo de capitales sería Arturo Archila Rincón, alias Nacho. En su contra hay una orden de captura vigente y se presume que permanece fuera del país.

Por el momento, los seis de capturados en Colombia son:

  • Yasser Husseir Ardila Urbina, quien fungía como empresario en Arauca y estaría implicado en la canalización de los dineros ilícitos a través de sus productos financieros.
  • José Fernando Arias Marulanda, Jesús Manuel Farfán López, Jesús Alberto Velasco Navarro y Andersson Ferneliz Flórez Zocadagui, señalados de contribuir con la creación de las empresas de papel para emitir facturas ficticias y simular costos para las sociedades fachada instrumentalizadas por la organización criminal.
  • Ana Yamileth Cuadros Pérez, presunta responsable de asesorar y validar el desarrollo de las operaciones simuladas, aprovechando sus conocimientos en contaduría pública.

En Argentina fueron capturados Harold Ronnie Ardila Urbina y Mayerly Zulay Arévalo, quienes estarían vinculados a la coordinación de corresponsales bancarios y empresas utilizadas para blanquear los recursos ilícitos del ELN.

Seis de las personas presuntamente involucradas fueron presentadas ante un juzgado de control de garantías de Bogotá, donde se impartió legalidad a los procedimientos de captura y se decretaron medidas cautelares con fines de comiso sobre el dinero, el oro y los demás artículos incautados en los procedimientos realizados esta semana. El Fondo Especial de Bienes de la Fiscalía General de la Nación (FEAB) asumirá su administración.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos imputará a los capturados los delitos de concierto para delinquir agravado, al darse con fines de lavado de activos y financiación del terrorismo; lavado de activos y enriquecimiento ilícito de particulares.

Golpe al patrimonio ilícito

De manera simultánea, fiscales de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio impusieron medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo y secuestro sobre 33 bienes urbanos y 10 rurales, 4 sociedades, 22 vehículos y 23 establecimientos de comercio, avaluados preliminarmente en 37.000 millones de pesos.

Las diligencias de ocupación y materialización de las medidas se realizaron en Cundinamarca, Arauca, Norte de Santander, Casanare, Nariño y Amazonas.

La Fiscalía General de la Nación agradece el apoyo prestado en los operativos de allanamientos, registros y capturas de la presente semana por la Interpol, la Policía Nacional, el Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aeroespacial Colombiana.

Igualmente, resalta el apoyo brindado durante la investigación por la Administración para el Control de Drogas DEA de los Estados Unidos y entidades del sector financiero, como el Banco de Bogotá, Bancolombia y Banco Agrario.

Esta información se publica por razones de interés general.

MAGA/JARG/SM/DECLA/IC/DEEDD/LT/DFC.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.