Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Carlos Alberto Moyano Mosquera, presunto responsable del delito de extorsión agravada.

De acuerdo con la investigación, este hombre, al parecer, entre febrero y junio de 2025, comenzó a exigirle a su víctima, a través de llamadas desde diferentes números de teléfono, entre 200.000 y 800.000 pesos mensuales.
El presunto extorsionista se presentaba como integrante de un grupo armado ilegal, además, lo amenazaba con secuestrarlo. El afectado le entregó en total la suma de 6.200.000 pesos. Moyano Mosquera no aceptó el cargo.
Condenado por extorsión en San Vicente del Caguán
De otra parte, las pruebas presentadas por la Fiscalía permitieron que un juez de conocimiento condenara a la pena de 20 años de prisión a Carlos Andrés Yara Trujillo, por ser responsable del delito de extorsión agravada.
Una fiscal Gaula de la Seccional Caquetá demostró que entre el 25 y 27 de marzo de 2017, en San Vicente del Caguán, Yara Trujillo, junto a una mujer, llamaban frecuentemente a un hombre, de 65 años, para informarle que tenían detenido a un familiar, por un supuesto porte ilegal de armas de fuego.
En las comunicaciones, le exigían el pago de 5 millones de pesos, los cuales fueron transferidos mediante el envío de giros. El juez de conocimiento emitió orden de captura en contra del condenado.
PAAM/LMFO/AMCJ/LABB/DSC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.