Se trata de Natalia Isaza Velásquez, quien habría recibido 59 millones de pesos por una factura falsa relacionada con actividades de topografía y geología para los diseños del segundo puente entre Plato (Magdalena) – Zambrano (Bolívar), labores que nunca se ejecutaron.
Un fiscal del Grupo de Tareas Especiales para el caso Odebrecht acusó formalmente a Natalia Isaza Velásquez, como posible responsable del delito de lavado de activos, el cual estaría relacionado con la recepción de dineros que corresponderían al pago de coimas por el direccionamiento irregular de una adición al contrato de concesión 007 de 2010, conocido como ‘Ruta del Sol III’.
El 21 de julio de 2015, el entonces Instituto Nacional de Concesiones (INCO) suscribió con la concesionaria Yuma el otrosí N°5 para ejecutar los estudios y diseños de un segundo puente sobre el Río Magdalena, entre Plato (Magdalena) y Zambrano (Bolívar). La concesionaria subcontrató dicha labor con la empresa Consultores Unidos S.A., que a su vez confió, entre otras actividades, tareas de topografía y geología a la compañía Megaland S.A, representada legalmente por Gilberto Hernán Saldarriaga Giraldo, por un valor de 754 millones de pesos.
En el curso de la investigación se conoció que dichos trabajos no se cumplieron, pero se pagaron. Adicionalmente, se estableció que parte de los dineros entregados a Megaland S.A., presuntamente fueron girados a terceras personas por instrucción de José Roberto Prieto Uribe, por su intermediación indebida para que se celebrara el otrosí N°5.
Los elementos de prueba indican que parte de esos recursos, exactamente 59 millones de pesos, fueron consignados a Natalia Isaza Velásquez en dos transacciones realizadas el 7 y 9 de junio de 2016. Esta suma provenía de delitos contra la administración pública y el enriquecimiento ilícito de particulares, y habría sido transformada y custodiada por la hoy procesada.
Esta información se publica por razones de interés general.
LAGP/JARG/HBA/UFDCSJ.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.