El funcionario habría autorizado pagos por más de 7.300 millones de pesos por supuestos tratamientos realizados a pacientes que no existieron.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción acusó al exsecretario de Salud de Córdoba, Alfredo José Aruachan Narváez, por los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación, prevaricato por acción y falsedad ideológica en documento público.

En el periodo 2013 – 2014, el exfuncionario se habría concertado con representantes de Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) y otros servidores para justificar la supuesta atención de 61 personas que padecían hemofilia. El material de prueba evidenció que los pacientes no existieron ni los tratamientos o medicamentos se entregaron.

Los servicios se salud registrados no estaban incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y Aruachan Narváez, al parecer, firmó resoluciones para que fueran pagados mediante la figura de recobros. Con esta y otras presuntas actuaciones irregulares fueron desembolsados 7.381 millones de pesos, dineros que perdió el departamento.

Durante las investigaciones se conoció que, entre las diferentes maniobras ilícitas para sustentar la aparente atención de los pacientes de hemofilia, los señalados involucrados presentaron tratamientos realizados de manera simultánea a una misma persona y en dos IPS distintas.

También fueron facturados medicamentos comprados a un laboratorio, que certificó nunca haber realizado esas negociaciones. Asimismo, hay indicios de que el exsecretario de salud habría avalado cuatro órdenes de pagos anticipados por servicios que no se prestaron.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

LAGP/JARG/EAC/MCR

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.