El procesado asesinó a su compañera, posteriormente desmembró el cuerpo y trató de eliminar rastros de sangre, pintando la habitación donde perpetró el crimen.

Ante la contundencia del material probatorio recolectado por la Fiscalía, en el que se encuentran pruebas de ADN, testimonios y análisis científicos, el juez primero penal especializado de Cartagena (Bolívar), emitió sentido del fallo condenatorio en contra de Miguel Rodríguez Villamil, al hallarlo responsable de la muerte y desaparición de su pareja Senaida Serna Arriaga.

El próximo 30 de septiembre se realizará la audiencia de lectura de sentencia, en la cual el juez dará a conocer el monto de la pena que deberá purgar el procesado, por los delitos de desaparición forzada y homicidio agravado.

Según las labores investigativas, el 26 de mayo de 2016 el condenado atacó a la víctima, con quien llevaba 13 años de relación, en su vivienda del barrio Pozón en esa ciudad. Tras asesinarla, Rodríguez Villamil desmembró el cuerpo de la mujer. Tres días después, en el canal Calicanto, cerca de la residencia familiar, fue hallado el pie derecho de la víctima, lo cual fue clave en el proceso; sin embargo, a la fecha se desconoce el paradero del cadáver o las partes.

El ente acusador demostró además que el victimario no denunció la desaparición de Serna Arriaga y trató de eliminar evidencias de lo ocurrido, pues sacó el colchón donde la asesinó, pintó la habitación con cal para borrar manchas de sangre y eliminó objetos de la víctima, incluso les dijo a sus vecinos que su pareja se había ido de viaje.

Rodríguez Villamil permanece privado de la libertad desde mayo de 2018, cuando fue capturado.

La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.

VHGB/DLBM/CED

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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