También fueron sentenciados el exsecretario de Hacienda y la exsecretaria general por celebración de contrato sin el cumplimiento de los requisitos de ley.

Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil (Santander) confirmara la condena a 6 años y un mes de prisión impuesta al exalcalde de Bolívar (Santander) Roque Julio Vargas Castañeda, por el un juez de primera instancia.

La decisión cobija además al exsecretario de Hacienda Gerardo Herreño, y a la exsecretaria General Luz Dary Carmona. Los tres fueron encontrados responsables del delito de celebración de contrato sin el cumplimiento de los requisitos de ley.

Los hechos ocurrieron entre enero y mayo de 2006 cuando los ahora sentenciados celebraron dos contratos. El primero, el 27 de enero, para entregar kits escolares. El valor superó los 21 millones de pesos. Al respecto, la Fiscalía estableció que el contratista no cumplía los requisitos de orden financiero y técnico.

El segundo, celebrado el 9 de mayo de 2026, tenía el propósito de entregar complementos nutricionales a 1.150 niños del municipio de Bolívar. Labores de policía judicial evidenciaron que en este caso no se realizaron los estudios previos, y que los contratistas no contaban con la experiencia para cumplir el objetivo del contrato. Con esto, precisa la Fiscalía, se vulneraron los principios de legalidad, selección objetiva y responsabilidad.

Además de la condena de prisión impuesta, la sentencia dispone el pago de una multa de 133.32 salarios mínimos legales mensuales vigentes; y la inhabilidad para que los procesados puedan ejercer derechos y funciones públicas por 7 años y 5 meses.

 

 

 

DRA/MAGA/AC/DSS.

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.