En contra de esta organización, la Fiscalía ha logrado la judicialización de siete de sus integrantes, quienes han sido enviados a la cárcel.
Ante las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez con funciones de control de garantías, impuso medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de Katherine Cecilia Robles y Jesús Alberto Uriana Sijona, quienes, al parecer, harían parte del Grupo Delincuencial Organizado (GDO), “Los Calata”.

Según la investigación liderada por el grupo Gaula de la Policía en La Guajira en coordinación con la Fiscalía, la pareja de esposos serían los presuntos responsables de extorsionar a un grupo de comerciantes y tenderos de la plaza del mercado nuevo y del barrio Villa del Sur de Riohacha.
La información suministrada por varias víctimas de las extorsiones, así como el reconocimiento hecho a los integrantes de la organización, que de manera presencial llegaban a los establecimientos para hacer las exigencias económicas bajo amenazas fueron claves para la imputación.

En contra de esta estructura el ente investigador ha logrado la judicialización de siete de sus integrantes, quienes han sido enviados a la cárcel.
La captura de Uriana Sijona, se produjo luego de un procedimiento adelantado en un sector del barrio los Laureles de Pereira (Risaralda).
A su turno, informados de la estación de Policía de Dosquebradas, materializaron la orden de captura expedida en contra de la señora Robles, cuando se acercó al lugar para saber sobre la situación jurídica de su compañero sentimental.
La Fiscalía les imputó cargos por su presunta responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado por darse para la extorsión, extorsión agravada y hurto calificado agravado.
La Fiscalía habla con resultados.
EDH/FAGH/SHHG/DSG
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.