Para la liberación de las víctimas exigían el pago de 10 millones de pesos.
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías envió a la cárcel a José Alexis Caicedo Cortés, presuntamente responsable del secuestro extorsivo del que fueron víctimas tres integrantes de una misma familia en el corregimiento La Guayacana de Tumaco (Nariño).
La investigación permitió establecer que el 9 de agosto de 2023 Caicedo Cortés, en compañía de tres personas, ingresó a una vivienda y haciéndose pasar por integrantes de las disidencias de las Farc habrían intimidado con armas de fuego a tres hombres que se encontraban en el lugar.
Al no encontrar dinero en efectivo ataron a las víctimas, y habrían usado los celulares de los retenidos para comunicarse con sus familiares y exigirles el pago de 10 millones de pesos para la liberación.
En la madrugada del 10 de agosto los captores trasladaron a las víctimas a otro sector del corregimiento. En la ribera del río Pianupí fueron requeridos por una patrulla del Ejército Nacional y fueron capturados.
Por su parte, José Alexis Caicedo fue capturado por el Gaula de la Policía Nacional cuando se movilizaba por Tumaco en cumplimiento de una orden de un juez penal de este puerto.
Una fiscal de la Seccional Nariño imputó al procesado el delito de secuestro extorsivo agravado, cargo que no fue aceptado.
Por este hecho, la Fiscalía ha judicializado a tres personas que estarían involucradas en el secuestro.
JGPV/JPGG/DSN/AMCJ/MAGA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.