Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a cuatro personas señaladas de almacenar, dosificar y comercializar éxtasis, ketamina y anfetamina en Mocoa (Putumayo).
Se trata de Joman Andrés Cabezas Marcillo, Jefferson Vladímir Sánchez Herrera, Wilfredo Colorado Garzón y Betsabé Salazar García; a quienes una fiscal de la Seccional Putumayo les imputó, de acuerdo con su responsabilidad individual, los delitos de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos; tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio en grado de tentativa; y fuga de presos. Cargos que los procesados no aceptaron.
Durante el desarrollo de una diligencia de allanamiento y registro, realizada por la Policía Nacional, en un inmueble ubicado en el barrio El Progreso de Mocoa, se logró la captura en flagrancia de los cuatro procesados. Además, se incautaron varias dosis de las sustancias alucinógenas, celulares, una gramera y bolsas plásticas para la dosificación.
Se evidenció que con el fin de evadir el accionar de las autoridades, Cabezas Mancillo habría intentado ocultar la sustancia en el inodoro de la vivienda. Mientras que Sánchez Herrera, presuntamente, arrojó varios frascos por una ventana. Además, la policía verificó que Colorado Garzón tenía una medida de aseguramiento de detención domiciliaria en una residencia diferente a donde fue capturado.
Al parecer, estas personas comercializaban las sustancias en la vivienda y también realizaban domicilios.
WAGG/LMFO/AMCJ/LAMC/MO/NCO/DSP
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





