La Fiscalía General de la Nación judicializó a una mujer de 32 años y a su compañero sentimental, señalados de violentar sexualmente a la hija de esta, de 12 años de edad, en hechos ocurridos entre enero y abril de 2024 en Pereira (Risaralda).
Las pruebas recaudadas evidencian que en la vivienda familiar ubicada en el barrio La Divisa-Cuba de la capital risaraldense, la mujer, en por lo menos seis ocasiones, habría permitido y obligado a la menor a que sostuviera relaciones sexuales con su padrastro en su presencia, mientras ella practicaba actividades eróticas.
Además, habrían sometido a la víctima a múltiples vejámenes sexuales y la constreñían a dormir sin ropa.
La mujer fue capturada este 10 de marzo pasado en el aeropuerto Matecaña de Pereira cuando se disponía a abordar un vuelo con destino a Bogotá. El presunto agresor fue detenido este 15 de marzo en vía pública del municipio de Riosucio (Caldas) por funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) con el apoyo de la Policía Nacional.
El ente acusador imputó a los dos ahora procesados por su presunta responsabilidad individual en los delitos de acceso carnal abusivo con menor de catorce años y actos sexuales con menor de catorce años, ambas conductas agravadas. Además, acto sexual abusivo.
Los indiciados no aceptaron su responsabilidad y por solicitud de fiscales adscritas a la Seccional Risaralda, fueron privados de la libertad en centro carcelario.
Esta información se publica por razones de interés general.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.