La Fiscalía General de la Nación judicializó a dos personas que estarían involucradas en el tráfico local de estupefacientes en varios barrios de Pasto (Nariño). Los procesados serían los responsables de realizar las entregas de los alucinógenos.

En la fotografía aparecen los dos capturados junto a un servidor del CTI y un uniformado de la Policía. En la parte superior está un banner de la Fiscalía General
Cristian Camilo Moncayo Benavides, alias Ofis, y Andrés Leonardo Muñoz Bastidas, alias Pool, fueron imputados con cargos por fabricación, tráfico y porte de estupefacientes.

Se trata de Cristian Camilo Moncayo Benavides, alias Ofis, y Andrés Leonardo Muñoz Bastidas, alias Pool, a quienes un fiscal de la Estructura de Apoyo (EDA) les imputó el delito de fabricación, tráfico y porte de estupefacientes.

Los procesados no aceptaron cargos y un juez de control de garantías les impuso medida de aseguramiento en centro carcelario.

Actividades investigativas permitieron establecer que estas personas comercializaban marihuana y bazuco en la modalidad de entregas a domicilio, utilizando vehículos particulares y motocicletas.

Moncayo Benavides y Muñoz Bastidas, al parecer, ejecutarían la acción ilegal al servicio de un grupo delincuencial dedicado a la distribución y comercialización de estupefacientes en el barrio El Rosario y sectores aledaños de la capital de Nariño.

Estas dos personas fueron capturadas en diligencias de registro y allanamiento realizadas por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y uniformados de la Sijín de la Policía Nacional, en el sector de El Rosario.

 

JGPV/AMCJ/JPGG/DSN

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.