El hombre habría intentado hacer pasar el hecho como un suicidio.

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Daniel Antonio Cespedes Gómez, por su presunta responsabilidad en el crimen de su cuñada, en hechos ocurridos en noviembre de 2025, en un sector residencial del sur de Villavicencio (Meta).

Por estos hechos un fiscal especializado le imputó los delitos de homicidio agravado y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio. Los cargos no fueron aceptados.

De acuerdo con el material probatorio recopilado, el procesado habría ingresado a la vivienda de la víctima mientras no se encontraba en el lugar y se escondió en el inmueble esperando su regreso.

Tras la llegada de la mujer, el procesado la habría asfixiado hasta hacerla perder el conocimiento y posteriormente la llevó al baño donde le causó heridas cortantes con una cuchilla en sus brazos, provocándole una hemorragia severa que le causó la muerte.

El presunto responsable intentó hacer pasar el hecho como un suicidio y para esto habría enviado mensajes con contenidos suicidas desde el celular de la víctima a diversos familiares incluyéndose a él como destinatario.  Asimismo, se apoderó de las cámaras de seguridad de la vivienda para intentar desviar la investigación.

Actividades investigativas como verificación de cámaras de seguridad del sector, dejaron en evidencia la entrada y salida del lugar del presunto responsable.   

El hombre fue capturado en San Carlos de Guaroa (Meta), por investigadores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) con apoyo de la Policía y el Ejército Nacional.

 

 

PYMP/AMCJ/WABI/DSM

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.