La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a Dixon Alberto Galantón Franco, por su presunta responsabilidad en los delitos de extorsión, receptación; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
El procesado estaría involucrado en las exigencias económicas ilegales a un comerciante en Meta. La víctima se negó a pagar las extorsiones y por esta razón el pasado 27 de mayo, Galantón Franco junto a otro hombre, se dirigieron hasta su finca en zona rural de Puerto Gaitán, para presuntamente atentar contra uno de los trabajadores.
Los hombres fueron sorprendidos por tropas de la Séptima Brigada del Ejército Nacional, quienes los requirieron y en ese momento les comenzaron a disparar, hiriendo a uno de los uniformados. En los hechos, uno de los señalados extorsionistas resultó lesionado y, al ser trasladado a Villavicencio, falleció.
La Fiscalía evidenció que desde el pasado 8 de mayo, el comerciante venía recibiendo llamadas de personas que se identificaban como integrantes de un grupo armado ilegal, en las que le exigían el pago de una alta suma de dinero para preservar su vida, la de su familia y trabajadores.
Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo del Ejército Nacional, capturaron a Galantón Franco, después de que la Fuerza Aeroespacial Colombiana lo trasladara a Villavicencio. Además, se logró la incautación de panfletos alusivos al grupo armado ilegal, una motocicleta, un celular y un arma de fuego.
El procesado no aceptó cargos y le fue impuesta una medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
PYMP/LMFO/AMCJ/WABI/DSM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.