La sentenciada en medio de amenazas obligó a las víctimas a atender a los huéspedes, servirles licor, ubicarles estupefacientes y cumplir con otras labores sin descanso. Les pagaba esporádicamente 3.500 pesos diarios y no los amparó con seguridad social ni prestaciones.
A la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia llegó el caso de los esposos Luz Aleyda Meliton Soto y César Armando Báez Beltrán, quienes durante siete años fueron explotados laboralmente por Gloria Esperanza Duarte, la propietaria de un hotel en el desaparecido sector del ‘Bronx’ en Bogotá que se aprovechó de la condición de pobreza de la pareja y la obligó a realizar trabajos extenuantes.
La Fiscalía General de la Nación recopiló pruebas y presentó en juicio argumentos para acreditar que la dueña del establecimiento de comercio incurrió en el delito de trata de personas en concurso homogéneo y sucesivo. En ese sentido, fue condenada a 14 años de prisión.
Esta decisión fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia que rechazó el recurso extraordinario de casación que presentó la sentenciada para intentar reversar el fallo en su contra. De esta manera, quedó en firme la pena impuesta y la conducta delictiva que se le atribuye.
En la investigación, liderada por una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, se conoció que la señora Duarte permitió a los esposos alojarse en su hotel que funcionaba como ‘pagadiario’. A cambio, les exigió cumplir labores exigentes, sin descanso, poniendo en riesgo su integridad y en medio de agresiones físicas y maltrato psicológico para cubrir la cuota por su estadía en el lugar, pues no tenían las condiciones económicas para cumplir.
Las víctimas soportaron la amenaza constante de desalojar el inmueble y quedarse en la calle. Ante la intimidación, entre 2007 y 2014, accedieron a atender a los huéspedes, servirles licor, ubicarles estupefacientes en el ‘Bronx’ y realizar otros oficios. En contraprestación recibían 3.500 pesos diarios, sin prestaciones. En algunas ocasiones les fueron suministradas sustancias ilícitas como parte de pago.
LAGP/JARG/GJG/DECVDH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.