El 80% de las víctimas son menores de entre 4 y 13 años. El 50% de los agresores son conocidos de las agredidas; y el 40%, familiares.

La Fiscalía General de la Nación, a través de la Seccional Cali, ha obtenido en lo corrido del presente año, 10 condenas contra responsables de delitos sexuales en la capital del Valle del Cauca.

Entre las víctimas hay 8 menores cuyas edades van de los 4 a los 13 años. Los principales agresores han sido vecinos, padrastros y tíos políticos de las agredidas; y 2 mujeres fueron agredidas por sus propios esposos. Las penas impuestas a los responsables van desde los 8 a los 20 años de prisión.

●    Uno de los casos involucra a Dayron Alexis Rincón Palacios, quien fue condenado a 8 años de prisión por el delito de actos sexuales abusivos con incapaz de resistir. La Fiscalía demostró que el sentenciado ingresó a la habitación de la víctima, de 25 años, mientras ella dormía, y tocó sus partes íntimas. Los hechos ocurrieron en marzo de 2018.

●  Por otro hecho, fue condenado a 9 años de prisión Brian Steven Palacios. Esta persona fue encontrada responsable del delito de actos sexuales con menor de 14 años, luego de que la Fiscalía demostrara que él fue quien contactó a la víctima, a través de las redes sociales. El sentenciado, le pedía a la niña que intercambiaran fotografías íntimas. Estos hechos ocurrieron entre agosto y noviembre de 2011, en Cali.

A ocho personas más les fueron impuestas penas de 10, 12, 16 y 20 años de prisión por delitos como acceso carnal violento agravado, acceso carnal abusivo y actos sexuales abusivos con menor de 14 años. Cuatro de los fallos fueron apelados y el resto quedaron en firme.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.