Por solicitud de una fiscal especializada ante el Gaula en Tolima, un juez con función de control de garantías dictó medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de dos presuntos integrantes del Gaor Frente Alfonso Cano de la Segunda Marquetalia, quienes, al parecer, realizaban acciones delictivas en Planadas (Tolima) y zonas aledañas.

Se trata de José Gerardo Villa Cuervo y Wilson Antonio Ramírez Díaz, quienes desde 2019, presuntamente venían generando zozobra en los habitantes de Planadas (Tolima), al incurrir presuntamente en extorsiones y desplazamientos forzados con el fin de fortalecer su estructura criminal.

De los hechos investigados por extorsión serían víctimas dos hombres a quienes les habrían pedido dinero afirmando que debían contribuir al grupo armado organizado para financiación de uniformes y armamento.

Un de las víctimas, habría cancelado 500 mil pesos y a la otra persona, le exigieron presuntamente 5 millones de pesos, suma que no canceló.

Asimismo, los hoy judicializados estarían implicados en tres desplazamientos forzados de una profesora y dos hombres, obligándolos a cancelar sumas de dinero, con palabras soeces y panfletos amenazantes.

Los procesados fueron judicializados por los delitos de concierto para delinquir con fines extorsión, extorsión agravada consumada, extorsión agravada tentada en concurso heterogéneo con desplazamiento forzado

La Fiscalía imputó a los dos capturados en Facatativá (Cundinamarca),  y Planadas (Tolima) por personal del Gaula Policía Nacional.

 

Ninguno se allanó a los cargos formulados.

 

La Fiscalía habla con resultados.

 

LMGM/MP/FAGH

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.