En hechos aislados dos hombres fueron judicializados por delitos sexuales que afectan a menores de edad. En uno de los casos uno de los imputados habría abusado de su hijastra.

 

Luego de la solicitud de una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas), un juez dictó medida de aseguramiento intramural contra dos hombres por delitos como actos sexuales agravado y acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

Según el ente investigador en el primero de los casos el imputado, al parecer, le venía realizando actos sexuales diversos del acceso carnal a su hijastra desde los diez años de edad y hasta que cumplió los 12 años, consistentes en tocamientos libidinosos.

En la imagen se ve un hombre de espaldas, con un buso negro, detenido entre dos policías.
El imputado no aceptó el cargo endilgado por la Fiscalía.

Los hechos se habrían presentado en el barrio Mándala 2, de Montería, desde el 2020 y hasta junio del año en curso.

El presunto abusador, padrastro de la menor, no aceptó el cargo endilgado por la Fiscalía.

Por otra parte, un hombre de 21 años de edad, presuntamente agarró a una menor de 11 años por sus brazos y después de desnudarla la habría accedido carnalmente.

En la imagen se ve un hombre en camiseta de manga corta, entre dos policías.
El indiciado, al parecer, abusó de una menor de 11 años.

El acto delictivo se habría presentado el 19 de agosto del año en curso en el barrio Vereda Tropical, de Montería.

El imputado tampoco aceptó cargos durante las audiencias en las que fue enviado a prisión.

La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.

VHGB/FAGH/SPB/DSC

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

 

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