Una de las víctimas es hijastra del agresor; la otra es nieta de su compañera sentimental.
Los elementos de prueba aportados por una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) permitieron que jueces de conocimiento dictaran sentencias condenatorias contra dos personas que abusaron sexualmente de dos menores de edad. Se trata de hechos independientes que ocurrieron en Cartagena (Bolívar).
En uno de los casos, la pena impuesta fue de 33 años y 3 meses de prisión, siendo el condenado un hombre quien, entre el 2017 y 2018, realizó vejámenes sexuales a una menor de 9 años, hija de su compañera sentimental.
Los abusos se registraron en el barrio Daniel Lemaitre. La investigación determinó que el procesado, de 47 años, aprovechaba los momentos a solas con su hijastra para realizarle tocamientos de índole sexual y accederla carnalmente.
Por estos hechos el ahora sentenciado fue capturado en agosto de 2018. En las diligencias judiciales el hombre aceptó los cargos que en su contra propuso la Fiscalía como responsable de los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y acto sexual con menor de 14 años, ambas conductas agravadas. Dicha decisión se encuentra ejecutoriada.
En otros hechos, ocurridos en el barrio Policarpa fue condenado a 12 años y 9 meses de prisión otro hombre, quien fue encontrado responsable de abusar sexualmente de la nieta de su pareja sentimental.
La Fiscalía evidenció que el abuelastro, de 51 años, incurrió en las agresiones durante el 2013. En reiteradas ocasiones hizo tocamientos inapropiados a la víctima, de 10 años. El sentenciado fue hallado responsable del delito de acto sexual violento agravado con menor de 14 años. Esta decisión es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley.
MEVA/MAGA/YQ/EGM/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.