El juez 33 penal del circuito de Bogotá condenó a 4 años y tres meses de prisión en establecimiento carcelario a los policías Carlos Danilo Posada y Carlos Augusto Díaz Espejo, quienes aceptaron su responsabilidad en el homicidio de un menor indigente, al cual le prendieron candela dentro de un cambuche.
En su decisión, el juez conminó a los dos sentenciados al pago de una multa de 57 salarios mínimos mensuales legales vigentes. En la sentencia el juez negó a los dos uniformados la prisión domiciliaria.
Los dos uniformados aceptaron el delito de homicidio culposo con representación, variando de ésta manera los delitos de homicidio agravado y ejercicio ilegal de la fuerza.
Los dos uniformados investigados entregaron a las victimas una suma de 40 millones de pesos como producto de la indemnización, mientras que por disposición de la parte civil, la Procuraduría acordó con la Policía Nacional como Institución una indemnización cercana a los 300 millones de pesos.
Como parte del resarcimiento a las victimas los dos uniformados pidieron perdón en público y reconocieron su imprudencia y error.
Los hechos se presentaron el 7 de febrero del 2012 en la calle 92 con la Avenida Ciudad de Cali, en la localidad de Suba, al norte de Bogotá, cuando los dos uniformados, durante un operativo contra habitantes de la calle, sacaron de debajo del puente a un grupo de personas.
Dentro de un cambuche se quedaron algunos que no querían salir, razón por la cual los dos uniformados prendieron candela al lugar para que el humo los hiciese salir. Pero uno de ellos, de 16 años, no salió y recibió quemaduras en el 85 por ciento del cuerpo. A los 8 días murió en el hospital Simón Bolívar, de Bogotá, a causa de las heridas.
Los dos procesados permanecen en una prisión de Facatativá desde el 21 de febrero del 2012, luego de que la jueza 63 con función de control de garantías los cobijó con medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.