De acuerdo a la información suministrada por varios testigos, Mejía Arroyo, fue reconocido por quienes entregaron detalles sobre cómo se registró la situación, lo que permitió la plena identificación del condenado.
La Fiscalía General de la Nación, logró que un juez acogiera sus argumentos y condenara a 47 años y tres meses de prisión a Jhon William Mejía Arroyo, alias Piraña, responsable del delito de homicidio agravado, en concurso heterogéneo con hurto calificado agravado.
Los hechos ocurrieron en la noche del 22 de diciembre del 2019 en un puesto de comidas rápidas ubicado en un sector del barrio Los Olivos de Riohacha (La Guajira), hasta donde llegó el hoy condenado en compañía de otra persona a bordo de una motocicleta, atacó de manera violenta a la víctima, el estudiante universitario Guillermo Andrés Pérez Serrano, a quien le exigía la entrega del teléfono celular, ante la negativa del mismo, le propinó una puñalada en el tórax que le ocasionó la muerte.
De acuerdo a la información suministrada por varios testigos, Mejía Arroyo, fue reconocido por quienes entregaron detalles sobre cómo se registró la situación, lo que permitió la plena identificación del condenado.
Los elementos materiales probatorios recaudados por la Fiscalía como entrevista, retrato hablado, inspección a lugar de los hechos, búsqueda en base de datos, entre otros, fueron determinantes en los resultados de la investigación.
La captura estuvo a cargo de servidores del Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI) e integrantes de la Sijín y el Ejército Nacional en un puesto de control militar.
La Fiscalía habla con resultados.
EDH/FAGH/SHHG/DSG
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.