El sentenciado escapó a Francia para evadir las autoridades. Las gestiones de la Fiscalía General de la Nación permitieron su extradición a Colombia, donde fue judicializado.
El material probatorio aportado por la Fiscalía General de la Nación permitió que de manera libre, voluntaria y asesorado por su abogado Julián Eduardo Cifuentes Gómez aceptara su responsabilidad en el asesinato del sacerdote Darío Valencia Uribe, párroco de la iglesia Perpetuo Socorro de Pereira (Risaralda), ocurrido el 25 de abril de 2024.
Un juez penal del circuito de la capital risaraldense avaló el preacuerdo suscrito por el ahora sentenciado y el ente acusador, y lo condenó a 27 años y 9 días de prisión, como responsable de los delitos de homicidio agravado; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.
Según la investigación, el día de los hechos, Cifuentes Gómez se encontró con el sacerdote con quien subió a un vehículo con el propósito de concertar el pago de 30 millones de pesos, por la compra de una camioneta. En el automotor el hombre le disparó a la víctima en varias oportunidades, luego arrojó su cuerpo en una zona rural de Belalcázar (Caldas), para evitar que fuera localizado por las autoridades.
El vehículo en que ocurrió el homicidio fue lavado en un centro especializado para eliminar evidencias. Posteriormente, el 29 de abril de 2024, el hoy condenado huyó a Francia donde fue capturado, tras emitirse una notificación roja de Interpol. Las actividades desplegadas por el CTI y del Gaula de la Policía Nacional permitieron ubicar el cuerpo del clérigo, en septiembre de 2024.
El sentenciado ha permanecido privado de la libertad en centro carcelario desde su judicialización, ocurrida en noviembre de 2025, cuando fue capturado en el aeropuerto El Dorado de Bogotá a su llegada de Francia.
Sobre esta decisión proceden los recursos de ley.
CLCG/MAGA/AGT/CABS/DSR
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





