La demostración de la Fiscalía de las lesiones sicológicas del denunciante y su grupo familiar, por las amenazas que desde 2012 les hacían Rigoberto Barrera Giraldo de 46 años y Claudia Patricia Morales Vargas de 43 años de edad, generaron la condena en su contra por parte Juzgado 3° Penal del Circuito de Villavicencio (Meta).

Estas personas fueron sentenciadas a una pena de 7 años y 6 meses de prisión, al encontrarlas penalmente responsables como coautores materiales, por los delitos de amenazas y perturbación síquica en concurso heterogéneo y homogéneo contra sus vecinos.

La situación se presentó desde el momento en que las víctimas solicitaron a los sentenciados que bajaran el nivel del ruido causado por equipos de sonido, motocicletas y vehículos que desde la madrugada y a altas horas de la noche alteraban la tranquilidad del sector donde vivían, al oriente de la ciudad.

Desde entonces, las víctimas recibían amenazas contra sus vidas y las de sus hijos, teniendo como testigos a integrantes de la Policía, asignados a su seguridad,  y a la presidenta de la Junta de Acción Comunal del barrio.

El fallo establece abstenerse de conceder a los sentenciados la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la cual deberán cumplir con prisión domiciliaria.

 

PYMP/DLBM