La captura de los hoy condenados se realizó 6 días después de ocurridos los crímenes.
El material de prueba presentado por un fiscal de la Seccional Boyacá permitió que un juez del municipio de Soatá (Boyacá), condenara a Feiner Daniel Saldaña Gélvez, alias Claudio; y a Clarisa Barón Rodríguez, alias Nikol, a penas de 17 años y 4 meses de prisión, cada uno.
La determinación la adoptó el juzgado tras encontrar a los procesados responsables de la muerte de los líderes sociales y defensores de las fuentes hídricas en Boyacá: Libardo Arciniegas Zaldúa y Yamith Alfonso Silva Torres.
El 4 de febrero de 2020, en la vereda Palchacual del municipio de El Cocuy (Boyacá), los condenados condujeron, mediante engaños, a Arciniégas Zaldúal a un negocio de su propiedad donde fue asesinado.
Dos días después, en la vereda La Cueva del municipio de Güicán (Boyacá) ‘Claudio’ y ‘Nikol’ entregaron a los autores materiales la motocicleta en la que huyeron luego de cometer el homicidio de Yamith Alfonso Silva Torres, para entonces funcionario de Parques Naturales y tesorero del acueducto veredal de Carrizal de Güicán.
Labores de policía judicial evidenciaron que el primer homicidio fue cometido por la supuesta cercanía de la víctima con el Ejército Nacional. El segundo caso sucedido debido a que Silva Torres hizo parte de las Fuerzas Militares por lo que era considerado objetivo militar.
La contundencia de la evidencia expuesta contra Saldaña y Barón hizo que los dos procesados aceptaran su responsabilidad en el delito de homicidio agravado y rebelión, esto como integrantes del Frente Adonay Ardila Pinilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN).
La captura de los hoy condenados se realizó 6 días después de ocurridos los crímenes.
La Fiscalía habla con resultados
MARA/MAGA/JEV/MRC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.