Fueron declarados responsables de los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

La Fiscalía General de la Nación obtuvo condena de 31 años de prisión contra Diego Fernando Rivas Zuleta, alias Simón; y John Jaime Ramírez, alias JJ, dos integrantes de la estructura Adán Izquierdo de las disidencias de las Farc que participaron en el crimen de cinco jóvenes en una finca de la vereda Cerro Rico, en Buga (Valle del Cauca).

Las pruebas aportadas por la Fiscalía indican que, la madrugada del 24 de enero de 2021, ‘Simón’ y ‘JJ’ llegaron armados al predio y dispararon indiscriminadamente contras las víctimas, que estaban departiendo en la piscina.

En la acción violenta murieron cuatro jóvenes de 18 años y una adolescente de 17 años. Adicionalmente, dos personas resultaron heridas.

Desde el día que se registraron los hechos, el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, desplegó un equipo especializado para esclarecer lo sucedido, conformado por más de 50 funcionarios, entre investigadores, peritos y expertos en diferentes campos técnico- científicos del CTI y la Policía Nacional.

Ese trabajo interinstitucional permitió recopilar más de 100 elementos y evidencias físicas en contra de ‘Simón’ y ‘JJ’. En ese sentido, aceptaron mediante preacuerdo su responsabilidad y un juez penal de conocimiento los declaró responsables de los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

AMCJ/JARG/CAM/DST/MRC/

 

 

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.