La Fiscalía General de la Nación obtuvo sentencia condenatoria de 21 años y 4 meses de prisión contra Juan Carlos Urbano Riascos de 56 años, como responsable de los delitos de feminicidio agravado tentado y lesiones personales, contra su compañera sentimental, en zona rural de Buenaventura (Valle del Cauca).

En la fotografía aparece de pie y con los brazos atrás Juan Carlos Urbano Riascos. La fotografía fue tomada cuando se materializó la captura. Viste camiseta de manga corta, de color blanco; pantaloneta verde y pantuflas grises. Al extremo izquierdo hay un servidor del CTI de la Fiscalía y al lado derecho hay un uniformado de la Policía Nacional. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Fiscalía.
Juan Carlos Urbano Riascos fue condenado a más de 21 años como presunto responsable de intentar asesinar y causarle graves lesiones a su compañera sentimental, en zona rural de Buenaventura (Valle del Cauca).

La Fiscalía demostró en juicio que Urbano Riascos atacó violentamente, y en varias oportunidades, a su compañera sentimental, utilizando armas cortocontundentes y cortopunzantes que pusieron en riesgo la vida e integridad de la víctima. Los hechos ocurrieron en su lugar de residencia.

Uno de los casos ocurrió el 13 de julio de 2023, cuando la mujer le pidió dinero para trasladarse a la zona urbana de Buenaventura por lo que el hoy condenado la increpó y atacó violentamente con arma cortocontundente, en varias partes de su cuerpo; la amarró y la dejó encerrada en la vivienda. El mismo día, Urbano Riascos, regresó y le exigió que le preparara algo de comer y ante la negativa de la víctima, este la atacó con arma cortopunzante en el estómago, causándole graves lesiones.

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Armada, capturaron a Urbano Riascos el 12 de diciembre de 2023, en una vía pública de la vereda Villa Stella, corregimiento Bajo Calima, zona rural de ese puerto sobre el Pacífico colombiano.

El juzgador decidió en la sentencia que el responsable de dichas conductas punibles debe purgar la condena en centro carcelario.

La sentencia fue apelada.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.