Al resolver la apelación presentada por la Fiscalía, magistrados del Tribunal Superior de Bogotá condenaron, en decisión de segunda instancia, a Luis Carlos Alonso ávila a 34 años de prisión, al hallarlo responsable del abuso sexual y posterior homicidio de su hermano medio de 7 años, hecho perpetrado el 8 de junio de 2004, en Bogotá.

Con la decisión, los magistrados revocaron la absolución de primera instancia dictada por el Juez 53 Penal del Circuito de Bogotá a favor de Alonso ávila y de otras dos personas que estaban vinculadas al proceso.

Los jueces de segunda instancia determinaron que la investigación realizada por el fiscal del caso, de la Unidad Nacional contra el Secuestro y la Extorsión, reunía los indicios necesarios para declarar con certeza la autoría del procesado en los hechos investigados.

En primer lugar, dieron total credibilidad al análisis de ADN aportado por la Fiscalía que demostraba que los rastros de semen hallados en el cuerpo del niño eran compatibles con su línea paterna, circunstancia que comprometió la responsabilidad del ahora condenado.

Al indicio anterior se sumó el hecho de que el día de su desaparición el único familiar de sexo masculino que se encontraba con el niño era Alonso ávila, “circunstancia que permite entrever que el acusado contó con la oportunidad de encontrarse con el menor momentos antes y después de su desaparición, disponiendo del tiempo suficiente para embalar y esconder el cadáver del pequeño (Â…)” consignaron en su providencia los magistrados del Tribunal.

Los jueces también tuvieron en cuenta el análisis de un patólogo forense aportado al proceso por la Fiscalía, que determinó que los cables utilizados por el agresor para atar al niño y que fueron hallados en la escena del crimen, eran de “similares características” a los encontrados por los investigadores en la vivienda que habitaban tanto el ahora condenado como su medio hermano.

Con base en las evidencias aportadas, los magistrados concluyeron en su sentencia que “todo el actuar probatorio liga de manera directa al procesado en la forma de la autoría con los acontecimientos ilícitos; incluso, del análisis efectuado, se tiene que la víctima no salió del inmueble donde se constató se le vio por última vez, que fue agredida sexualmente, estrangulada y embalada en el mismo, por su hermanastro Luis Carlos Alonso ávila”.

Agregaron que “con los indicios de presencia en el lugar de los actos ilícitos, el hallazgo de los diversos elementos probatorios y el señalamiento directo que emana de la prueba de ADN practicada a los rastros de semen en el pantaloncillo del menor” es clara la imputación contra el procesado “por lo que sus exculpaciones resultan inverosímiles”.

Con base en el análisis anterior, los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá condenaron a Alonso ávila como autor responsable de los delitos de acceso carnal violento agravado en concurso homicidio agravado. A otras dos personas vinculadas al proceso se les confirmó la absolución decretada por el Juez de primera instancia.

El ahora condenado permanece en libertad mientras la decisión de segunda instancia queda ejecutoriada.

El caso

La investigación por este hecho se inició el 5 de noviembre de 2004, fecha en la que el menor desapareció de su vivienda, ubicada en el barrio Nutibara, localidad de Ciudad Bolívar, sur de Bogotá.

Tres días después, habitantes del sector encontraron el cadáver del niño en un costal, atado de pies y manos, estrangulado y con señales de abuso sexual, en un basurero a pocas calles de su casa. De acuerdo con los peritos que realizaron la necropsia, la muerte del menor se produjo luego de sufrir varios golpes en distintas partes de su cuerpo con un arma contundente.

La investigación por ese hecho fue adelantada por un fiscal de la Unidad Nacional contra el Secuestro y la Extorsión. La decisión adoptada por los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá pasará a la Corte Suprema de Justicia que conocerá del recurso de casación interpuesto por los abogados de Alonso ávila.