Es responsable de recibir y entregar al grupo armado ilegal cuatro menores de edad que habían sido contactados por redes sociales.
Edwar Fabián Pillimué Ilamo, conocido en los municipios del nororiente de Cauca como ‘Camilo’, aceptó mediante preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación su participación en el reclutamiento de menores de edad para las estructuras Dagoberto Ramos, Jaime Martínez y Urías Rondón de las disidencias de las Farc.
El hombre reconoció que, en 2020, recibió y alojó en un inmueble del corregimiento de Tacueyó, en Toribío (Cauca), a cuatro niños de 13 y 14 años que habían sido contactados por redes sociales y convencidos de ingresar a estas organizaciones armas ilegales con ofrecimientos de altas remuneraciones, motocicletas y otros supuestos beneficios.
Posteriormente, trasladó a los menores de edad a Corinto y Santander de Quilichao (Cauca), donde les compró ropa, zapatos y alimentos. Finalmente, los llevó a Pasto (Nariño) y allí los dejó a cargo de integrantes de las disidencias de las Farc que los transportaron a una zona rural de Tumaco (Nariño). Por esta actividad, ‘Camilo’ recibió en su momento 5 millones de pesos.
Un juez penal de conocimiento de Popayán (Cauca) revisó los términos del preacuerdo celebrado, lo declaró legal y condenó a Pillimué Ilamo a 6 años y 6 meses de prisión por el delito de reclutamiento ilícito. Adicionalmente, impuso una multa equivalente a 400 salarios mínimos mensuales legales vigentes y precisó que la pena debe cumplirse en establecimiento carcelario.
El hoy sentenciado fue capturado por unidades de la Policía Nacional en febrero de 2025, en la localidad de Bosa, en el sur de Bogotá. Actualmente permanece privado de la libertad en la cárcel de Palmira (Valle del Cauca).
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.