Mientras desempeñó funciones de notariado en San Jacinto (Bolívar) dio visos de legalidad a la ocupación violenta de tierras en Curvaradó y Jiguamiandó (Chocó), entre 1996 y 2001.

Luego de valorar las pruebas aportadas en juicio por la Fiscalía General de la Nación, una juez penal especializada de Quibdó (Chocó) condenó al exnotario de San Jacinto (Bolívar), Alberto Jacinto Vásquez Vásquez, por realizar trámites irregulares para justificar la usurpación de tierras por parte de estructuras paramilitares.

En ese sentido, deberá pagar una pena de nueve años y dos meses de prisión como responsable de los delitos de desplazamiento forzado y concierto para delinquir, y una multa superior a los 2.988 millones de pesos.

En el curso de la investigación, dirigida por un fiscal de la Dirección de Justicia Transicional, se estableció que, mientras ejerció el cargo de notario, Vásquez Vásquez dio apariencia de legalidad a la ocupación violenta de tierras realizada por la autodenominada ‘Casa Castaño’, el bloque Élmer Cárdenas y el bloque Bananero de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), en Curvaradó y Jiguamiandó (Chocó), entre 1996 y 2001.

Se acreditó que avaló enajenaciones de predios a precios inferiores de los avaluados, en la modalidad de compraventa forzada, soportadas con documentación falsa y suscritas en medio de presiones e intimidaciones armadas contra los propietarios y tenedores originales, que tuvieron que abandonar sus tierras para instalarse en otros municipios.

Los integrantes de los grupos paramilitares que asumieron la titularidad de los predios los utilizaron para generar proyectos agroindustriales de palma de aceite y realizar ganadería extensiva. Estas actividades ocasionaron un impacto negativo en algunas zonas declaradas como reserva forestal.

La sentencia en referencia es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

 

 

 

 

 

LKSC/JARG/DMSS/DJT

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.