Las víctimas fueron señaladas equivocadamente por los paramilitares de colaborar con otros grupos armados ilegales y ser perturbadores de la convivencia pacífica.
Luego de valorar los argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, un juez penal de circuito condenó a Hernán Giovanni Arteaga Plazas, alias El Obrero, a 27 años y 6 meses de prisión por el crimen de cuatro personas entre febrero y marzo de 2003, en Boyacá.
En el curso de la investigación se conoció que el hoy sentenciado perteneció a una red sicarial autodenominada ‘Las Especiales’ o ‘Urbanos’, que hizo parte de las Autodefensas Campesinas de Casanare. Esta estructura ejecutó varios homicidios selectivos como parte de un plan criminal contra supuestos colaboradores de otros grupos armados ilegales que tuvieron injerencia en el departamento y personas que a su parecer representaban riesgo para la convivencia pacífica.
En ese sentido, las pruebas indican que Arteaga Plazas, haciéndose pasar como vendedor de minutos de celular, participó en los homicidios de tres hombres y un adolescente, los cuales fueron perpetrados en la vía Tunja – Arcabuco; en el alto de Cucaita, entre Tunja y Villa de Leyva; y en el sector Las Gemelas, en la vía Tunja – Paipa. Estos hechos fueron declarados delitos de lesa humanidad.
La sentencia, emitida en el marco de la Ley 600 de 2000 por el delito de homicidio agravado, fue notificada en el centro de reclusión donde alias El Obrero permanece privado de la libertad por otros eventos delictivos.
Esta información se publica por razones de interés general.
LAGP/JARG/NG/DECVDH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





