Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento condenara a 5 años de prisión al exalcalde de Piedras (Tolima), Rogelio Montealegre Murillo, por las irregularidades en la planeación y ejecución de un contrato para la adquisición de elementos de aseo para las estaciones de policía del municipio en julio de 2011.
Este hombre fue declarado responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Para la época de los hechos, Montealegre Murillo como ordenador del gasto, tramitó y celebró un proceso de selección abreviada por un valor de 32 millones de pesos y no un proyecto de inversión que justificara el gasto y que se encontrara sustentado en el plan de desarrollo.
De acuerdo con la investigación no se realizó el estudio, aprobación y definición de la destinación de los recursos del Fondo de Seguridad Territorial (Fonset) para dicho contrato.
También se demostró que no se establecieron unidades de medida ni detalles técnicos de los productos adquiridos, lo que ocasionó que se compraran cantidades excesivas de algunos elementos, que no eran prioritarios para las estaciones de policía.
El juzgado, además, impuso una multa de 66.66 salarios mínimos mensuales legales vigentes y lo condenó a 80 meses de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
Montealegre Murillo deberá cumplir la condena en centro penitenciario, una vez esta quede en firme.
Esta decisión es de primera instancia y sobre ella proceden los recursos de ley.
PAAM/LMFO/AMCJ/DFP/DST
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





