Diego Alonso Campuzano Marín aceptó los cargos imputados por la Fiscalía y un juez avaló el preacuerdo.

La Fiscalía General de la Nación Seccional Caldas, logró la condena a 16 años y 8 meses de prisión para Diego Alonso Campuzano Marín por el delito de homicidio agravado, en hechos ocurridos el 25 de julio del 2021 en el barrio San Roque de Manzanares en los que murió Jeisson Steven Segura Méndez.

De acuerdo con lo que logró comprobar la Fiscalía, el agresor y la víctima estaban en la cárcel y la compañera sentimental de Campuzano Marín iba a visitarlo. En estos ingresos al centro penitenciario conoció a Segura Méndez de quien se volvió amigo.

Un tiempo después la víctima salió de la cárcel, y este buscó a la mujer en su casa y la visitaba como amigo, además le pidió que lo dejara quedar en su casa porque él no tenía familia en Manzanares.

Ante la petición el hombre se quedó, pero Campuzano Marín aseguraba que no tenía nada que ir a hacer a su casa. El condenado se encontraba pagando una condena por el delito de violencia intrafamiliar, y le otorgaron prisión domiciliaria. De esta manera comenzó a seguirlo y asediarlo y el 25 de julio  lo apuñaló causándole la muerte.

Ante lo sucedido el agresor huyó a esconderse por temor a que lo lincharan. Luego tomó un bus que lo llevó al sector de Petaqueros, y posteriormente uno a Manizales (Caldas), pero en el camino en un retén lo detuvieron inicialmente por el delito de fuga de presos.

La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.