En la imagen se ve a un hombre, identificado como Sebastián Cano Ospina, esposado y vestido con ropa casual, escoltado por dos policías uniformados que lo sujetan de los brazos.
Sebastián Cano Ospina fue condenado a 28 años y 18 días de prisión por el doble homicidio de sus padres en Envigado.

Luego de avalar la aceptación de cargos del procesado Sebastián Cano Ospina, un juez de conocimiento de Envigado (Antioquia) lo condenó a 28 años y 18 días de prisión por  los delitos de homicidio agravado, hurto calificado y agravado, y acceso abusivo a un sistema informático.

Los hechos investigados ocurrieron la madrugada del 10 de abril de 2024, cuando el hoy sentenciado llegó hasta la vivienda de sus padres ubicada en el barrio Jardines de Envigado (Antioquia) y los atacó con arma cortopuzante porque se negaron a darle dinero.

Las labores investigativas adelantas por servidores de la Sijín de la Policía Nacional permitieron demostrar que después del doble homicidio el hombre salió del inmueble en un taxi con los celulares de las víctimas y la billetera de su progenitor.

Posteriormente, usó una de las tarjetas de su padre y sustrajo 9.700.000 pesos. La Fiscalía probó además, que, de ese dinero hizo una transferencia a una tercera persona para que le suministrara estupefacientes y otros servicios.

Horas después, el hombre fue capturado con orden judicial en un motel de La Estrella con  varias dosis de diferentes tipos de estupefacientes.

De acuerdo con el fallo, el sentenciado deberá pagar una multa de 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes para 2024.

 

LFML/JGA/DSM/AMCJ/

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.