Tras avalar los argumentos de un fiscal de la Seccional Guajira, el juez del circuito con funciones de conocimiento condenó a César Miguel Pérez, como responsable del delito de homicidio agravado, en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de arma de fuego, accesorios, partes o municiones.

En la fotografía aparece un hombre capturado, acompañado de un uniformado del Ejercito y un servidor del (CTI).
César Miguel Pérez Díaz, condenado por la muerte de un funcionario de la Defensoría del Pueblo en Riohacha (La Guajira).

Con base en el material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación, el fallador impuso una pena de 21 años de prisión en contra del implicado.

La decisión se deriva por hechos registrados el pasado 15 de marzo, cuando el condenado junto a otra persona interceptó a Néstor Enrique Martínez Brito, funcionario de la Defensoría del Pueblo y sin mediar palabra le disparo hasta causarle la muerte. El ataque ocurrió en un sector del barrio Ranchería de Riohacha (La Guajira), donde la víctima se desplazaba en su motocicleta.

Labores de policía judicial, videos de cámaras de seguridad, cotejos balísticos y la información suministrada por testigos, fueron determinantes para la identificación del responsable.

Pérez fue capturado por servidores del Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI), como resultado de una diligencia de allanamiento adelantada el pasado 16 de marzo. Las autoridades le incautaron un arma de fuego y una motocicleta.

Esta información se hace pública por razones de interés general.

 

 

 

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

EDH/MG/SHHG/DSG.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.