Un juez penal de San Pedro de Cartago (Nariño) condenó a 18 años de prisión a Daily Bladimir España España a pagar una multa de 4.000 salarios mínimos legales vigentes por extorsionar a su prima y permitir que fuera abusada sexualmente.
Un fiscal especializado le imputó cargos como autor responsable de los delitos de extorsión agravada en concurso con acceso carnal violento.
Los hechos por los que el hombre es procesado penalmente ocurrieron en este municipio de Nariño en 2019, luego de que la víctima fuera visitada en su casa en tres ocasiones por su primo Daily Bladimir España y Luis Felipe Mejía Rojas, quienes le exigieron el pago de un dinero, a cambio de no atentar contra su vida, la de su esposo y su hijo menor de edad.
De acuerdo con la investigación, los dos hombres llegaban a la vivienda de la mujer portando armas de fuego. En una de las visitas la mujer fue agredida físicamente y, presuntamente, Mejía Rojas habría abusado sexualmente de ella de manera violenta, siendo testigo su hijo menor a quien España España lo obligaba a observar.
Ante el temor de que su familia fuera objeto de un ataque armado, la víctima les entregó, gradualmente, a los dos extorsionistas un total de $8.400.000.
Iniciadas las investigaciones, agentes de la Policía Nacional determinaron que España España registraba una orden de captura luego de fugarse de una estación de Policía del municipio de La Unión, Nariño.
El hombre fue capturado y llevado ante un juzgado penal de este municipio, donde se cumplieron las audiencias de sentencia. Contra Luis Felipe Mejía Rojas, un juez penal de La Unión emitió una orden de captura.
La Fiscalía habla con resultados.
JGP/LYBT/LVB/DSN
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





