Luego de avalar el preacuerdo celebrado entre la Fiscalía General de la Nación y la defensa del procesado, un juez penal del circuito de Itagüí (Antioquia) sentenció a 11 años de prisión a Víctor Alfonso Morales Arango, de 33 años de edad, quien fue judicializado por el delito de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal.
Los hechos investigados ocurrieron en la Plaza Mayorista de Antioquia el pasado 6 de junio cuando el procesado le quitó la vida con arma de fuego a Rubén Darío Sánchez Lemus, conocido como Chócolo y quien se desempeñaba como vendedor de frutas.
De acuerdo con la investigación adelantada por un fiscal de la Seccional Medellín antes del homicidio las dos personas sostuvieron una riña, debido a que el presunto agresor habría golpeado con su vehículo a varias personas que estaban en la central de abastos.
Labores de policía judicial permitieron establecer que el hoy condenado parqueó su carro cerca al lugar donde sucedieron los hechos y regresó para disparar contra Sánchez Lemus.
El procesado fue capturado el 5 de julio por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Sijín de la Policía Nacional en el municipio de Envigado (Antioquia). Esta determinación se dio luego de que el hombre no atendiera en dos oportunidades los requerimientos de las autoridades; aunque inicialmente se había presentado voluntariamente ante la Fiscalía.
Morales Arango deberá cumplir su condena en centro de reclusión.
LFML/MAGA/LFB/DSM
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.