Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que 12 personas aceptaran mediante preacuerdo su responsabilidad en el robo a las cuentas de la Alcaldía de Nocaima.
Un juez de conocimiento avaló la negociación judicial y los condenó a 40 meses de prisión por el delito de hurto por medios informáticos agravado.
Un fiscal de la Unidad para la Protección de la Información y los Datos de la Seccional Cundinamarca, demostró que, a través de una afectación de seguridad, estas personas manipularon y suplantaron los sistemas de una entidad financiera para inscribir cuentas y posteriormente transferir, el 17 de mayo de 2022, la suma de 2.775.481.000 millones de pesos, provenientes de recursos públicos de la alcaldía.
Karen Díaz Sánchez y Luis Antonio Figueroa Tarazona, como determinadores de la acción delincuencial, se encargaron de reclutar titulares de cuentas de un banco para recibir las transacciones producto de los movimientos financieros.
Por su parte, Natalia Herrera García, Rolando Gutiérrez Quintero, Kenyi Karina Luengas Santana, Vishnu Patrik Sieler Torres, Gilberto Alexander Becerra Ramírez, Franklin Alexander Restrepo Pinilla, Yenifer Johana Cárdenas Villa, Nelson Jairo Moreno Díaz, Leandra Marcela Duque Dorado y Pedro Gómez Mena, prestaron sus cuentas para recibir los recursos.
El mismo día de los hechos, los condenados retiraron el dinero en diferentes oficinas y cajeros electrónicos en Piedecuesta y Bucaramanga (Santander); Cali (Valle del Cauca), Medellín (Antioquia), Neiva (Huila) y Bogotá.
Los hoy condenados reintegraron el dinero apropiado.
Esta decisión quedó en firme.
ALGO/AMCJ/OC/FSC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.