La procesada aceptó su responsabilidad en un peculado superior a los 340 millones de pesos.
Luego de avalar el allanamiento a cargos de la procesada, un Juez Penal del Circuito de Medellín condenó a 11 años y 2 meses de prisión a la exfuncionaria de Parque Nacionales en la capital antiqueña Stephanie Rúa Martínez, por los delitos de peculado por apropiación en modalidad continuada y acceso abusivo a un sistema informático
De acuerdo con la investigación adelantada por un fiscal de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de la Seccional Medellín, entre enero de 2018 y septiembre de 2021, la exservidora pública se apropió de manera indebida de $ 343 296 473.
Los investigadores establecieron que la mujer, quien se desempeñaba como Técnica Administrativa en el Área de Pagaduría de cita entidad estatal, accedía a la plataforma de pagos y cambiaba los datos de las cuentas de algunos proveedores o beneficiarios e inscribía su cuenta de ahorros personal, para recibir el dinero de manera ilegal.
Rúa Martínez fue capturada el domingo 29 de mayo de 2022 por servidores del grupo anticorrupción de la Policía Nacional y ante la contundencia del material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación, decidió allanarse a los cargos imputados durante las audiencias preliminares.
Según la sentencia, la condenada deberá pagar una multa de $ 343 296 473 y el equivalente a 12.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En los próximos días, Rúa Martínez, quien estaba bajo detención domiciliaria, será trasladada por el Inpec a un centro penitenciario para cumplir su codena.
La decisión fue apelada por la defensa ante la segunda instancia.
NAMT/LFML/LALB/YMAS/DSM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.