- Frente a los resultados del plebiscito, la Fiscalía General de la Nación manifiesta que resulta ajeno a sus funciones intervenir en el alcance de las negociaciones del Proceso de Paz, además de que dicha intervención podría obstruir el buen suceso de las conversaciones en curso.
- Con ocasión de la incertidumbre generada tras los resultados del plebiscito respecto de los mecanismos legales que permitan la reincorporación de miembros de grupos armados a la vida civil, la Fiscalía ha manifestado públicamente que los únicos instrumentos legales vigentes para el efecto son la ley 418 de 1.997 y la denominada ley de Justicia y Paz-Ley 975 de 2.005, las que solo “podrían llegar a ser una opción si fuese necesario”. Es decir, en medio de un vacío regulatorio.
- En ningún caso la Fiscalía ha propuesto un modelo específico de justicia transicional. De hecho, en sus declaraciones públicas del pasado miércoles 5 de octubre ha propugnado por la necesidad de una pronta salida negociada que permita que esta materia se resuelva a través de oportunas “decisiones políticas”, bajo el entendido- como se ha dicho- que “Los operadores judiciales vamos a coadyuvar el Proceso de Paz”.