Un juez penal de Pasto privó de la libertad a una mujer que al parecer no solo permitía que su esposo abusara sexualmente de su hija menor de edad, si no que a su vez habría grabado las agresiones para compartirlas en redes sociales.

La madre de la víctima fue denunciada por una tía de la menor, quien le aseguró a la Fiscalía que desde noviembre de 2016 su sobrina, quien tenía 11 años de edad, era objeto de abusos sexuales presuntamente cometidos por su padre, quien se encuentra detenido en la cárcel de Pasto por estos delitos.
Asimismo, reveló que cuando el padre cometía estos abusos con su propia hija, la mujer grababa estos hechos con su teléfono celular para subirlas a las redes sociales.
La investigación de la Fiscalía estableció la presunta participación de la implicada en los abusos que su esposo realizaba a la menor, lo que permitió que un juzgado penal emitiera una orden de captura en su contra.
Agentes de la SIJIN de la Policía Nacional hicieron efectiva la captura el pasado 22 de septiembre en el barrio Sarasty de Ipiales. Durante las audiencias concentradas, la mujer no se allanó a los cargos.
La asegurada fue trasladada al pabellón de mujeres de la cárcel de media seguridad de Ipiales (Nariño).
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
Le puede interesar: Asegurado entrenador de una escuela de fútbol que habría incurrido en actos sexuales con menores de edad
JGP/CFG/LVB/DSN
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.