La Fiscalía le imputó el delito de violencia intrafamiliar agravado por las constantes agresiones a las que presuntamente sometía a la víctima.
La Fiscalía General de la Nación, Seccional Cundinamarca, con el apoyo de la Policía Nacional, logró que un juez de garantías dictara medida de aseguramiento en un centro carcelario, en contra de José Alejandro Rodríguez Anacona, señalado por el delito de violencia intrafamiliar agravada.
De acuerdo con lo establecido, Rodríguez Anacona llegó a la vivienda de su ex compañera sentimental y la habría atacado física y verbalmente, luego de que al parecer rompió los vidrios de las puertas y ventanas. Los hechos quedaron registrados en un video que la víctima publicó en redes sociales.
La denuncia indica que el presunto agresor venía amenazando a la mujer con reiterados mensajes de texto.
“Siempre la persigue a su domicilio y a donde ella vaya la acecha, son constantes las amenazas de muerte”, sostuvo la fiscal delegada en este caso al hacer la acusación.
La víctima, al sentirse en peligro, se presentó a la URI de Soacha (Cundinamarca) el pasado 10 de febrero y denunció los maltratos que venía sufriendo y el riesgo en el que se encontraba su familia.
La Seccional Cundinamarca calificó y valoró en riesgo extremo a la mujer, por la frecuencia, intensidad y las características de los maltratos.
Por su parte el juez consideró a Rodríguez Anacona como una persona de probable peligrosidad para la sociedad y de la víctima, por lo que fue recluido en un centro carcelario mientras que se define su situación judicial.
La Fiscalía habla con resultados.
CMRM/ARC/FAGH/DLBM/MRCM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.