Jorge Mario Calderón Mejía, al parecer, suplantó a un juez de Bosconia (Cesar) y emitió decisiones a cambio de dádivas.
La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a Jorge Mario Calderón Mejía, un funcionario judicial que, mientras cumplió un reemplazo en un despacho de Bosconia (Cesar), habría fallado varias tutelas en contra de una aseguradora sin ser el juez ni el competente para hacerlo.
En la investigación se estableció que, al parecer, creó radicados falsos, proyectó decisiones y solicitó la creación otro correo electrónico a nombre del juzgado promiscuo municipal al que estaba adscrito transitoriamente, con el propósito de remitir notificaciones y autos.
De esta manera, presuntamente, resolvió y comunicó cinco tutelas en las que ordenó a una aseguradora indemnizar a un grupo de persona en 555 millones de pesos. El material de prueba indica que por estas actuaciones irregulares el servidor judicial habría recibido diversas sumas de dinero.
En ese sentido, una fiscal del CTI imputó a Calderón Mejía los delitos de concierto para delinquir, concusión, falsedad ideológica en documento público, falsedad material en documento público, estafa agravada y utilización ilícita de redes de comunicación.
Los cargos no fueron aceptados por el procesado, que deberá cumplir medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
.LAGP/JARG/AMS/AAQ/CTI/MRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.