Alias Talío sería el responsable de preparar a los nuevos integrantes del grupo ilegal e impartir las directrices de los cabecillas a las diferentes estructuras.

La Fiscalía General de la Nación, en un trabajo articulado con la Policía Nacional y el Ejército Nacional, identificó a quien sería el principal instructor armado de la estructura criminal conocida como ‘Clan de Oriente’, que delinque en Antioquia y la región del Magdalena Medio.

Se trata de Néstor Argiro Ramírez Jaramillo, alias Talío, presunto responsable de recibir y preparar a los nuevos integrantes del grupo ilegal; y de llevar las directrices de los cabecillas a los diferentes frentes urbanos y rurales.

Los elementos de prueba indican que este hombre haría parte del círculo de confianza de ‘Fresita’, uno de los articuladores principales del ‘Clan de Oriente’. En ese sentido, estaría involucrado en tráfico de estupefacientes y extorsiones a ganaderos, finqueros, comerciantes y representantes del sector hotelero, entre otras acciones ilegales.

Alias Talío fue capturado en el corregimiento La Danta, en Sonsón (Antioquia). En el procedimiento le fue incautada una motocicleta que tenía el número de motor y el chasis adulterados, además de un arma de fuego.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales le imputó los delitos de concierto para delinquir agravado; fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones; y receptación agravada. El procesado aceptó los cargos y deberá cumplir medida de aseguramiento en la cárcel de El Pedregal, en Medellín (Antioquia).

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.